Sentencia Constitucional Plurinacional: SCP 0077/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: SCP 0077/2019-S1

Fecha: 03-Abr-2019

tampoco no es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través      de otra, ello significa ir contra la naturaleza jurídica de la acción de libertad en este caso, y por tanto, dicha pretensión no puede estar     dentro de los alcances de su tutela.

Los razonamientos y parte resolutiva del fallo referido, son compartidos  planamente por la suscrita Magistrada; empero, considera que resultaba necesario que la ratio decidendi contenga además, otro razonamiento en cuanto al reclamo sobre el rechazo del Secretario de Sala a la solicitud a requerir un nuevo sorteo, respecto al cual -también dela denegatoria precedentemente citada- correspondía establecer que una acción de defensa no procede para conocer y resolver lo determinado en otra acción tutelar,  o en su caso corregir o revisar el trámite procesal de otra acción tutela como ocurrió en el presente, en el cual, mediante una acción de libertad, se pretendió cuestionar y en su caso corregir la tramitación de una  acción de amparo constitucional; en ese sentido, la SC 0045/2011-R de 7 de febrero estableció que: “…no es posible interponer una acción tutelar                  (SC 1237/2010-R de 13 de septiembre), tampoco no es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través      de otra, ello significa ir contra la naturaleza jurídica de la acción de libertad en este caso, y por tanto, dicha pretensión no puede estar     dentro de los alcances de su tutela.