AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2019-ECA
Fecha: 28-May-2019
I.
Dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Skipper Claros Vía contra Alaín Nuñez Rojas y Erwin Jiménez Paredes, Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y celebrada la audiencia pública el 16 de noviembre de 2018, conforme consta en el acta cursante de fs. 202 a 208, el Juez Público de Familia Decimosexto del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 09/2018 de 16 de noviembre (fs. 209 a 212), denegó la tutela solicitada, remitiendo el expediente en revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional mediante Oficio 887/2018 de 20 de noviembre, causa que una vez sorteada mereció la SCP 0309/2019-S1 de 28 de mayo, que bajo los fundamentos y motivación contenidos en la referida Sentencia Constitucional Plurinacional, revocó en parte la Resolución 09/2018 de 16 de noviembre, cursante de fs. 209 a 212, pronunciada por el Juez Público de Familia Decimosexto del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, y concedió en parte la tutela solicitada, con relación al debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación, disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista 295/2018 de 11 de septiembre, ordenando que las autoridades demandadas emitan una nueva resolución conforme a los fundamentos expuestos en la Sentencia Constitucional Plurinacional; y, denegó la tutela con relación al derecho a la acreencia por ser tenedor de un título valor, sin ingresar a su análisis de fondo.