SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2019-S4
Fecha: 29-May-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se encuentra con detención preventiva desde el mes de septiembre de 2018, pero a mérito de haber llegado a un acuerdo conciliatorio, presentó excepción de extinción de la acción penal por reparación del daño, mismo que se venía tramitando en el Juzgado de Instrucción Penal Segundo del departamento de La Paz; sin embargo, ante la suspensión de una primera audiencia en virtud a la inasistencia de la víctima, se señaló una segunda para el 12 de diciembre de igual año, a las 9:00, misma que debía realizarse en el Juzgado de turno –en virtud a la vacación colectiva dispuesta–, pero la autoridad ahora demandada haciendo referencia a la Circular 17/2018-S.O.-TDJLP, volvió a suspenderla señalando que, no podía tratar cuestiones de fondo del proceso sino solamente de forma, dejándola en incertidumbre jurídica, pues dependía de la realización de dicho actuado para recobrar su derecho a la libertad.