ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0420/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0420/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

III.2. Análisis del caso concreto

            El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso y al trabajo, por cuanto el Administrador de la Terminal de Buses de Yacuiba, procedió con la clausura y desalojo de su empresa de transporte              Trans Gema S.R.L., sin que previamente se le haya notificado con estas determinaciones y se inicie un proceso administrativo correspondiente, a efectos que pueda asumir defensa.

           De los antecedentes cursantes en obrados, se puede advertir que la empresa de transporte Trans Gema S.R.L., obtuvo licencia de funcionamiento del municipio de Yacuiba en el mismo departamento de Tarija el 4 de noviembre de 2016; en este sentido inició sus operaciones en la oficina nueve 09 de la Terminal de Buses, en la cual anteriormente se encontraba la empresa Gladyar Latino, que se fusionó a la empresa del ahora accionante; posteriormente, el 22 de septiembre de 2018, después de ser clausurada; el Administrador de dicha Terminal de Buses, conjuntamente con policías de tránsito, procedieron a la apertura de sus oficinas y el retiro de sus enseres, presuntamente por el hecho que no cumpliría regularmente con la prestación del servicio de transporte y principalmente por la mora de más de cuatro meses de alquiler, acción que se la hubiera realizado, después de haber notificado en tres oportunidades a la referida empresa.

           Conforme lo expuesto en la presente acción de defensa, queda claro que el acto lesivo que se denuncia, radica en el hecho que las actuaciones de la Administración de la Terminal de Buses no hubieran sido legalmente notificadas a la empresa ahora accionante y que a la misma no se le inició ningún proceso administrativo en el que pueda asumir defensa respecto a los cargos por los cuales procedieron a su desalojo.

           Ahora bien, bajo estos antecedentes, inicialmente debe indicarse que los hechos descritos no se constituyen en medidas de hecho, por cuanto para la clausura definitiva y desalojo del ambiente que ocupaba la empresa del ahora accionante, la Administración de la Terminal de Buses, siguió ciertos actos administrativos, tales como la llamada de atención al administrado a efectos que brinde un servicio de transporte continuo, así como la intimación de pago de alquileres, actos que evidentemente fueron de conocimiento del ahora solicitante de tutela, por cuanto de las notificaciones cursantes en obrados, se tiene que la Administradora de su empresa de transporte recibió y firmó todas las notificaciones antes señaladas, extremo que no fue desvirtuado ni negado de forma categórica en la presente acción de defensa; sin embargo a ello, también resulta evidente que las determinaciones asumidas por el Administrador de la Terminal de Buses, principalmente la clausura definitiva no fue asumida mediante una Resolución en la que se exponga los hechos y la base legal por la que se tomó tal determinación, a efectos que con dicha Resolución el administrado asuma defensa y en su caso impugne la misma ante la autoridad competente, quien conforme el propio Reglamento Interno De Uso de La Terminal, se constituye en el Director de Recaudaciones del municipio de Yacuiba del departamento de Tarija; en este sentido y si bien hubo una comunicación respecto a la posible clausura del ambiente que ocupaba la empresa Trans Gema S.R.L., la misma no puede suplir la emisión de una Resolución que se constituye en un acto administrativo definitivo, que le da al administrado la posibilidad de impugnar la determinación asumida en la misma; sin embargo, en el caso de autos, se evidencia que se procedió con la Clausura definitiva y pasado unos días con el desalojo del ambiente de referencia; empero, en ningún momento existió una Resolución sobre el particular; accionar, que efectivamente vulnera el derecho al debido proceso y defensa del ahora accionante, quien merecía un pronunciamiento expreso por parte del Administrador de la Terminal de Buses de Yacuiba, ahora demandado.