Juristeca
Juristeca País
    Sentencia Constitucional Plurinacional 0417/2019-S1 de 24 de junio
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    Sentencia Constitucional Plurinacional 0417/2019-S1 de 24 de junio

    Fecha: 24-Jun-2019

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONFIRMAR
    • toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
    • la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas.
    • el debido proceso es de aplicación inmediata, vincula a todas las autoridades judiciales, jurisdiccionales y administrativas, y constituye una garantía de legalidad procesal prevista por el constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales o administrativas.
    • una debida motivación conlleva que la resolución sea concisa, clara e integre en todos los puntos demandados, donde la autoridad jurisdiccional o en su caso administrativa, exponga de forma clara las razones determinativas que justifican su decisión, exponiendo los hechos
    • II.2.  Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
    • II.3.    Argumentos del Voto Aclaratorio
    • Fragmento 8

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca