Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0145/2019-CA
Fecha: 02-Jul-2019
SUBSANAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud al art. 26.II del Código Procesal Constitucional, dispone que el accionante, en el plazo de cinco días hábiles, deberá SUBSANAR la deficiencia formal observada, bajo conminatoria de tener por no presentada la acción de inconstitucionalidad abstracta.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería.
- I.3. Ausencia de requisitos formales de admisibilidad
- SUBSANAR