AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2019-CA
Fecha: 02-Jul-2019
I.3. Análisis del caso concreto
En el presente caso, se advierte que Máximo Panti Mamani y Asunta Quispe Alejo interponen la acción de inconstitucionalidad abstracta adjuntando ambos copias legalizadas de su credencial de Diputados Suplentes por el Departamento de la Paz, emitida por el Tribunal Supremo Electoral (fs.2 y 4); no obstante no acreditaron el ejercicio de la titularidad como miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional no demostrando su legitimación activa a momento de interponer la acción de inconstitucionalidad abstracta, inobservando el art. 24.I.1 del CPCo, que refiere como un requisito subsanable el acreditar la personería del accionante, adjuntando la documentación pertinente; es decir que, debe demostrarse el ejercicio de la titularidad a momento de interponer la acción.