Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0207/2019-RCA
Fecha: 23-Jul-2019
i)
Argumentan que: i) En su demanda omitieron señalar la fecha en que se puso en su conocimiento la Resolución 01/2018, que se realizó el 13 de diciembre de 2018, fecha a partir de la cual corre el término legal para la interposición de esta acción de amparo constitucional; y, ii) La referida omisión no puede ser traducida en la denegación de tutela, cuando de la propia demanda es posible identificar los agravios que sufrieron, los mismos que no pueden ser convalidados.