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    ACLARATORIO DE LA SCP 0693/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    ACLARATORIO DE LA SCP 0693/2019-S1

    Fecha: 08-Ago-2019

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    • Partes:                          Diana Nicaela Aliaga Quisbert
    • CONFIRMAR
    • I.
    • II.1.  Extemporaneidad en la presentación de la acción de amparo constitucional para solicitar el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación laboral
    • el cómputo del plazo de los seis meses de inmediatez comenzará a correr a partir de que el empleador se rehúse a cumplir la conminatoria; es decir, posteriormente a su legal notificación el empleador renuente abre la posibilidad para que el trabajador accione la vía constitucional y por tanto el plazo de inmediatez se deberá computar desde el primer acto manifiesto por el cual el empleador demuestra su falta de voluntad de cumplir con la conminatoria’”
    • II.2. Análisis del caso concreto

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