Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ACLARATORIO DE LA SCP 0693/2019-S1
Fecha: 08-Ago-2019
Partes: Diana Nicaela Aliaga Quisbert
Partes: Diana Nicaela Aliaga Quisbert contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Santa Rita de Cassia” Limitada (Ltda.) de los empleados de la Caja Nacional de Salud (CNS) representada por Eduardo Morales Mallea, Presidente del Consejo de Administración de la referida sociedad.
- Partes: Diana Nicaela Aliaga Quisbert
- CONFIRMAR
- I.
- II.1. Extemporaneidad en la presentación de la acción de amparo constitucional para solicitar el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación laboral
- el cómputo del plazo de los seis meses de inmediatez comenzará a correr a partir de que el empleador se rehúse a cumplir la conminatoria; es decir, posteriormente a su legal notificación el empleador renuente abre la posibilidad para que el trabajador accione la vía constitucional y por tanto el plazo de inmediatez se deberá computar desde el primer acto manifiesto por el cual el empleador demuestra su falta de voluntad de cumplir con la conminatoria’”
- II.2. Análisis del caso concreto