DE LA SCP 0748/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DE LA SCP 0748/2019-S2

Fecha: 28-Ago-2019

conceder

La suscrita Magistrada, al tiempo de suscribir la SCP 0748/2019-S2 de 28 de agosto, pronunciada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional, manifiesta su conformidad con la decisión de revocar la Resolución de 022/2019 de 10 de mayo y conceder la tutela impetrada, dejando sin efecto el Auto de Vista de 4 de abril de 2019, debiendo los Vocales demandados emitir uno nuevo, cumpliendo el debido proceso, en base a los parámetros establecidos en el fallo constitucional, sin disponer la libertad del accionante, siendo ello competencia exclusiva de la jurisdicción ordinaria en consideración de la situación jurídica del procesado mediante el nuevo fallo a dictarse; sin embargo, a través del presente Voto Aclaratorio, hace conocer su desacuerdo parcial con los fundamentos jurídicos que la sustentan y con los razonamientos realizados en el análisis del caso concreto, debido a que no se aplicó el precedente contenido en la SCP 0394/2018-S2 de 3 de agosto, en cuanto al enfoque interseccional. Si bien los fundamentos jurídicos de la SCP 0748/2019 resultan en su mayoría suficientes para respaldar los argumentos de la parte resolutiva; sin embargo, tratándose de un caso en el que la víctima es una adolescente, menor de edad, éste despacho considera que debió aplicarse también los entendimientos contenidos en el Fundamento Jurídico III.1. de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0394/2018-S2, que aplican el principio de igualdad para la protección de víctimas niñas y adolescentes mujeres en los procesos penales.