SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2019-S2
Fecha: 05-Ago-2019
denegó
La Jueza de Sentencia Penal Segunda de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 05/2019 de 11 de abril, cursante de fs. 46 a 47, denegó la tutela solicitada en base a los siguientes fundamentos: a) De los informes presentados por el Fiscal de Materia y funcionarios policiales demandados, existe una autoridad jurisdiccional que tiene conocimiento del inicio de investigación presentado contra el accionante; y, b) De la línea jurisprudencial desarrollada por el Tribunal Constitucional Plurinacionales, se tiene que las personas que crean haber sido aprehendidas o privadas de su libertad por funcionarios policiales o por el Ministerio Público, deben acudir al juez de instrucción de turno, a efectos de denunciar dichos actos; más aún cuando, en el caso, el Juez de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de la Paz se pronunció respecto a los actos realizados en la aprehensión del demandante de tutela.
- acción de libertad
- I.1.1.
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionarios policiales demandados
- Fragmento 4
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad respecto a supuestas lesiones a derechos por el Ministerio Público o la Policía Boliviana
- i)
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO