La suscrita Magistrada suscribió la SCP 0046/2019 de 3 de septiembre, al estar de acuerdo con la determinación asumida; sin embargo, resulta necesario efectuar algunas precisiones aclarativas en cuanto a los fundamentos jurídico-constitucionales que
Fecha: 03-Sep-2019
Fragmento 3
Bajo dichos razonamientos, la suscrita Magistrada aclara que si bien está de acuerdo con la determinación asumida en la SCP 0046/2019 de 3 de septiembre, se debieron considerar los aspectos desarrollados supra, en cuanto a los fundamentos jurídicos y sustento argumentativo que la respalda, precisando el motivo por el cual se determinaba la concurrencia del ámbito de vigencia material, explicando en cuál de las dos dimensiones referidas precedentemente se sustentaba aquello y en función a los elementos fácticos inherentes al caso y la normativa aplicable; y además desarrollar un argumento sólido, o en su caso no efectuar ningún pronunciamiento sobre el ámbito de vigencia territorial, pues el mismo no era técnicamente necesario en su desarrollo, ello en base a las consideraciones expuestas precedentemente, ratificando la suscrita con su voto aclaratorio la conformidad con la competencia otorgada a jurisdicción ordinaria.