Los suscritos Magistrados, manifiestan su conformidad con la decisión de declarar competente al Juez Penal Público Mixto de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Pucarani del departamento de La Paz, dentro del conflicto de comp
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, manifiestan su conformidad con la decisión de declarar competente al Juez Penal Público Mixto de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Pucarani del departamento de La Paz, dentro del conflicto de comp

Fecha: 04-Sep-2019

cuando concurran simultáneamente

Fundamento que a criterio de los suscritos, es suficiente para declarar competente a la referida autoridad judicial ordinaria, considerando que por previsión del art. 8 de la Ley de Deslinde Jurisdiccional (LDJ), “La jurisdicción indígena originaria campesina se ejerce en los ámbitos de vigencia personal, material y territorial, cuando concurran simultáneamente”. Es decir que, basta que uno de los tres ámbitos de vigencia no se haya cumplido, para que la jurisdicción indígena originario campesina esté impedida de conocer un determinado asunto; en consecuencia, en el caso concreto, no era necesario ingresar a verificar si concurrían los elementos personal y territorial; tal como se resolvió, entre otras, en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0004/2016 de 27 de julio y 0018/2017 de 31 de mayo.