III.
En mérito a los argumentos desarrollados en el presente Voto, considero que dicha jurisprudencia debió formar parte de los Fundamentos Jurídicos expuestos en la SCP 0823/2019-S2, así como debió de analizarse si el derecho de acceso a la justicia fue o no vulnerado por las medidas de hecho denunciadas dentro del caso.
- SCP
- Fragmento 2
- II.1. El derecho a la jurisdicción o acceso a la justicia en sentido amplio, es el derecho fundamental común vulnerado con acciones vinculadas a medidas o vías de hecho
- 1)
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- III.
