VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0808/2019-S2
Fecha: 11-Sep-2019
II.3. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
La suscrita Magistrada expresa su disidencia con la SCP 0808/2019-S2 de 11 de septiembre; toda vez que, que los Vocales demandados resolvieron el recurso de alzada limitándose a corroborar los argumentos de la Jueza a quo, sin analizar la legalidad de la detención de preventiva, cuando estaban obligados a hacer una revisión integral del Auto Interlocutorio que dispuso la detención preventiva, analizando los motivos que dieron lugar a la imposición de la medida cautelar personal frente a las circunstancias fácticas presentadas por el accionante; resolver acorde con las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia; atendiendo la sana crítica y el principio de verdad material contenido en el art. 180.I de la CPE; que cumpla los criterios de razonabilidad y equidad; de tal manera, que se garantice a los accionantes, conocer las razones de decidir de las autoridades demandadas, conforme la basta jurisprudencia emitida por este Tribunal.
- deniega
- I
- a)
- II.1.
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- SC 0782/2005-R de 13 de julio
- II.2. Las condiciones materiales y formales de la privación de libertad: El principio de legalidad, especial referencia a las condiciones materiales de validez de la privación de libertad, la carga argumentativa y probatoria
- a pedido fundamentado del fiscal o de la víctima,
- [4]
- Con relación al segundo requisito
- El riesgo procesal debe ser acreditado por la parte acusadora
- II.3. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- En ese entendido, la SCP
- denegar
- 2)
- MAGISTRADA