SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0549/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0549/2020-S2

Fecha: 13-Oct-2020

1)

Conforme al Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la acción de libertad correctiva se activa por determinaciones que agravan arbitrariamente las condiciones de los privados de libertad, vulnerando su condición humana y es a través de esta acción de defensa que se garantiza un trato humano al detenido, procurando la supresión de condiciones de maltrato.

También, al estar únicamente suprimido legalmente el derecho a la libertad, subsisten los demás derechos inherentes a la persona humana; por lo que, por esta vía se procura la supresión de las condiciones de maltrato, optimizando aspectos que mejoren la calidad de vida digna y seguridad de los privados de libertad -detenidos, aprehendidos y condenados-.

De esta forma, el traslado o cambio de una sección a otra al interior de un recinto penitenciario debe buscar mejorar la calidad de vida digna y seguridad de los privados de libertad; así, decisiones contrarias a esa finalidad sin la debida justificación fundada se constituyen en arbitrarias, activando la acción de libertad correctiva en franca protección al detenido frente a una decisión que agrava injustamente su condición.

En el caso concreto se tiene que el accionante requiere atención médica especializada, en su condición de adulto mayor y pertenencia a un grupo de prioritaria atención, correspondía a la autoridad demandada gestionar condiciones óptimas que mejoren la calidad de vida del impetrante de tutela; sin embargo, el cambio de sección con el solo motivo de que “…las designaciones de las secciones se lo realiza de manera aleatoria con la finalidad de evitar actos irregulares” (sic), no procuró razonablemente mejorar su calidad de vida digna, al contrario innecesariamente transfirió su lugar de atención médica sin una justificación razonada de esa decisión, teniéndose por vulnerado este derecho en base a lo precedentemente expuesto.