Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0585/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
I. ANTECEDENTES
La suscrita Magistrada expresa su disidencia con la decisión emitida en la SCP 0585/2020-S2 de 23 de octubre, que confirmó la Resolución 128 de 28 de noviembre de 2019, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia, concedió la tutela solicitada, aclarando que la misma, era provisional; que en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), expone los motivos que la sustentan.
- I. ANTECEDENTES
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- que la parte accionante que solicita tutela alegando la causal antes descrita, tiene la obligación de probar mediante medios objetivos el riesgo de daño grave e irreparable que pueda ocasionarse en caso de no operar la tutela constitucional de manera inmediata, no siendo suficiente invocar la aplicación de la excepción al principio de subsidiaridad simplemente describiendo hechos que en criterio del accionante puedan ocasionar daños graves e irreparables