La elaboración por mecanismos participativos del proyecto

El citado precepto constitucional establece cuatro requisitos procesales para la aprobación de los proyectos de estatutos departamentales o COM; de ese modo se identifican: a) La elaboración por mecanismos participativos del proyecto; b) Su aprobación por dos tercios de los miembros del órgano deliberativo respectivo; c) Remisión a control de constitucionalidad; y,                              d) Referendo aprobatorio.

Respecto al primer requisito -elaboración participativa- se infiere que la elaboración del proyecto de norma institucional básica, implica también las etapas de modificación y adecuación; existiendo el deber imprescindible de garantizar la participación activa de los sectores de la sociedad civil, para la construcción del documento autonómico, a través de un proceso social y político, debiendo el ente deliberante, como instancia responsable de la elaboración del proyecto de COM (art. 275 CPE) garantizar que se cumpla el proceso participativo, mismo que deberá ser demostrado y verificable a momento de realizar el control previo de constitucionalidad; en ese entendido, la intervención del Órgano Legislativo Municipal debe garantizar la elaboración participativa del proyecto de COM, además posteriormente en ejercicio de la democracia participativa deberá proceder a la aprobación de dicho instrumento, para posteriormente activar el control previo de constitucionalidad.