Sentencia Constitucional Plurinacional: 0038/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 0038/2020

Fecha: 25-Nov-2020

II.1.    Del contenido de la SCP 0038/2020

En criterio del Magistrado que suscribe, la SCP 0038/2020, no consideró en su razonamiento que el proceso penal por la presunta comisión de los delitos de amenazas y allanamiento de domicilio y sus dependencia, ya fue objeto de investigación, imputación formal y de acusación particular, llegando hasta la apertura de juicio oral, público y contradictorio, siendo evidente que el conflicto de competencias jurisdiccionales no fue suscitado con la oportunidad que la jurisprudencia constitucional establece; es decir, que esta se produjo antes del inicio del juicio oral, lo que hace suponer una probable instrumentalización de los mecanismos y procedimientos constitucionales para evitar un proceso penal inminente, aspecto con el que no está de acuerdo.

Del mismo modo, la indicada SCP 0038/2020, afirma categóricamente que los ilícitos penales descritos precedentemente no se encuentran excluidos del ámbito de vigencia material de la JIOC en materia penal, lo que si bien es evidente, no supone que estos automáticamente deban ser de conocimiento de la jurisdicción IOC, pues de ser así se estaría realizado una lectura parcial e incompleta del art. 10.I Ley 073 específicamente señala que dicha jurisdicción; “…conoce los asuntos o conflictos que histórica y tradicionalmente conocieron bajo sus normas, procedimientos propios vigentes y saberes, de acuerdo a su libre determinación”, previsión que claramente exige que los asuntos que sean de su conocimiento cumplan con las condiciones: histórica y por otro lado la tradición, aspectos a los que no se hace referencia en el aludido fallo constitucional.