SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2020-S1
Fecha: 27-Nov-2020
1)
Víctor Antonio Tórres Argandoña, Responsable de Inspectoría y Arraigos de la Dirección General de Migración, mediante informe escrito de 18 de junio de 2020, cursante de fs. 14 a 18 vta., señaló lo siguiente: 1) En la unidad de control migratorio y arraigo se presentó un funcionario del Centro Penitenciario Qalauma de Viacha del departamento de La Paz, conjuntamente con el demandante de tutela portando un mandamiento de expulsión, solicitando le firme el descargo; ante lo cual, solicitó se notifique a la Dirección General de Migración con la Resolución que sustenta el mandamiento a efecto, de conocer los alcances de lo dispuesto por el Juez de la causa; 2) En la economía jurídica procesal no existe el mandamiento de expulsión por lo que, no podía firmar el descargo sin conocer el alcance de la resolución judicial; y, 3) No se realizó el trámite administrativo de expulsión o en su caso una salida obligatoria sin que medie un proceso administrativo previo.