SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2020-S4
Fecha: 09-Dic-2020
concedió
La Sala Constitucional Primera del departamento de Cochabamba, mediante Resolución 0017/2020 de 17 de febrero, cursante de fs. 37 a 40 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que la propietaria de la carnicería “TATITA” de cumplimiento en forma inmediata a la conminatoria de reincorporación a la trabajadora Claudia Araníbar Zambrana a su fuente laboral, como lo dispone la Jefatura Departamental del trabajo de Cochabamba; en la Resolución MTEPS-JDT CO-113/19 y en los términos contenidas en la misma, decisión asumida en base a los siguientes fundamentos: a) Se puso en conocimiento de la Propietaria de la mencionada carnicería, la Conminatoria de Reincorporación MTEPS-JDT CO-113/19, a favor de la ahora impetrante de tutela por existir un despido laboral sin causal alguna, puesto que rigen principios en materia laboral sobre la inversión de la prueba y la primacía de la relación laboral, mismos que la persona hoy demandada no tomó en cuenta; y, b) La primacía de la realidad hace constar de que existió una relación laboral y que no se cumplió con la señalada Conminatoria de Reincorporación dispuesta por la Jefatura departamental de Trabajo de Cochabamba.