con los fundamentos y la determinación asumida en la DCP 0003/2020 de 4 de marzo, respecto al control previo de constitucionalidad del art. 12 del proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) del Gobierno Autónomo Municipal de Okinawa Uno, en razón a l
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

con los fundamentos y la determinación asumida en la DCP 0003/2020 de 4 de marzo, respecto al control previo de constitucionalidad del art. 12 del proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) del Gobierno Autónomo Municipal de Okinawa Uno, en razón a l

Fecha: 04-Mar-2020

Voto Disidente

En virtud a lo expuesto en líneas precedentes, la decisión plasmada en la DCP 0003/2020 de 4 de marzo, en referencia al control previo de constitucionalidad efectuado al art. 12, no es compartida por el Magistrado suscribiente del presente Voto Disidente; al considerar que sólo la Norma Suprema puede reconocer derechos y no así las Cartas Orgánicas.