SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2020-S2
Fecha: 17-Mar-2020
I.2.2. Informe de la demandada
Esther Estrella Montaño Ocampo, Jueza de Instrucción Penal Decimosegunda de la Capital del departamento de Santa Cruz, por informe escrito de 10 de septiembre de 2019, cursante a fs. 15 y vta., indicó que, el incidente de nulidad de imputación formal planteado el 4 de abril del citado año, por el ahora peticionante de tutela mereció el decreto de 10 igual mes y año, en el que se dispuso que en aplicación del art. 314.IV del Código de Procedimiento Penal (CPP) ofrezca prueba idónea y pertinente (cuaderno de investigación), determinación reiterada por proveídos de 25 de abril, 27 de mayo y 22 de agosto todos del referido año; no habiéndose acatado ni corrido en traslado y menos fue resuelto; en consecuencia, solicitó se deniegue la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la demandada
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a)
- III.2. Análisis del caso concreto
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- CONFIRMAR