AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2020-CA
Fecha: 22-Jul-2020
rechazó
Por Resolución 016/2020 de 5 de marzo, cursante de fs. 236 a 244, el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta con los siguientes fundamentos: a) El accionante no efectuó una argumentación suficiente que ponga en duda la constitucionalidad de la norma cuestionada ni establece de qué forma el artículo impugnado sería contrario a la Ley Fundamental; b) La normativa impugnada goza de constitucionalidad, conforme a lo dispuesto en el art. 410 de la CPE concordante con el 4 del Código Procesal Constitucional (CPCo); y, c) El art. 12.9 de la LRDPB, no vulneró precepto constitucional alguno, correspondiendo por ello el rechazo de la acción normativa.
- Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- en el marco de un proceso
- b) Cuando sea presentada de manera extemporánea en los casos que así corresponda, o
- procederá en el marco de un proceso
- dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR