II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. La revisión del proyecto adecuado de COM del Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos, se efectúa en virtud a la DCP 0014/2020 de 23 de septiembre, emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional, que declaró la incompatibilidad de los siguientes artículos de la norma institucional básica: 6; 14.I en la frase: ‘…de Distritos…’; 15; 16 en la frase: ‘…según sus usos y costumbres…’; 17; 18; 35; 37; 38.31 y 32; 46.II; 64; 72.6; 80.I en el término ´autónomo´; 109.III; 130.1 y 2; 136; 137; 138; 139; 140; 141; 142; 148.1 y 2; la frase ‘SEGURIDAD CIUDADANA’ contenida en el título del Capítulo X; 151; 152; 167 en la frase: ‘previa convocatoria de referendo municipal´ contenida en el parágrafo I de la disposición en examen, así también se declara la incompatibilidad de la frase: ‘La convocatoria del referendo se realizará por iniciativa ciudadana con la firma de al menos el 20% del electorado; por mayoría absoluta de los miembros del Concejo Municipal; o por el Alcalde o Alcaldesa del Municipio´, contenida en el parágrafo II del art. 167 del proyecto de COM de Entre Ríos de la provincia O’Connor del departamento de Tarija” (fs. 507 a 678).

II.2. Cursa en obrados la Ley Municipal Autonómica 74/2021, “Ley de aprobación del Texto de Adecuación del Proyecto de Carta Orgánica Municipal de Entre Ríos de la provincia O’Connor” de 16 de abril de 2021, que aprueba por unanimidad el texto adecuado del proyecto de COM de Entre Ríos de conformidad a la DCP 0014/2020 (fs. 792 a 794).

II.3. Fotocopia legalizada de Resolución Municipal 04/2020 de 5 de junio, que acredita la elección de la mesa Directiva del Concejo Municipal de Entre Ríos (fs. 787).

II.4. De igual manera cursa acta de sesión de la Comisión Autonómica Municipal de Entre Ríos, reunida para la socialización, revisión y adecuación a las observaciones realizadas por el Tribunal Constitucional Plurinacional al mencionado proyecto (fs. 795 a 797) acompañada de invitaciones y listas de asistencia (fs. 798 a 852).

II.5. Asimismo, cursa el proyecto de COM de Entre Ríos reformulado impreso (fs. 854 a 896) y en versión digital (fs. 853).