III. CONCLUSIÓN DE LA DISIDENCIA
Por todo lo expuesto y debidamente fundamentado, la suscrita Magistrada, expresa su disidencia con la DCP 0033/2021 de 27 de octubre, respecto al control previo de constitucionalidad efectuado sobre el art. 94.IV y Disposición Transitoria Primera del proyecto de Estatuto Autonómico del Territorio Indígena Multiétnico de San Ignacio de Moxos del departamento de Beni y los fundamentos que la sustentan.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
