SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2021-S3

Fecha: 16-Oct-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de antecedentes que cursan el expediente, se establece lo siguiente:

II.1. Consta mandamiento de detención preventiva de 27 de enero de 2015, emitido por Dalia Pedraza Ortiz, Jueza de Instrucción Mixta de Cotoca del departamento de Santa Cruz, contra Fernando Ariel Santos Maita -hoy

peticionante de tutela-, ordenando al Gobernador del Centro Penitenciario Palmasola, ponga en calidad de detenido preventivo al prenombrado
(fs. 6).

II.2. El Director del Centro Penitenciario Palmasola del supra referido departamento, el 21 de septiembre de 2019, emitió Certificación de Permanencia y Conducta del hoy accionante, señalando como tiempo de permanencia en detención preventiva cuatro años, siete meses y veinticinco días, sin registrar sanción disciplinaria alguna (fs. 7).

II.3. Por informe de “…14 de octubre del año 2019” (sic), dirigido al Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Cotoca del departamento de Santa Cruz; la Secretaria del indicado Juzgado señaló que, en cumplimiento del art. 94.14 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) -Ley 025 de 24 de junio de 2010-, procedió a la revisión de actuados procesales, evidenciando que no cursa ningún expediente sobre proceso penal seguido contra el peticionante de tutela (fs. 22).

II.4. El 15 de septiembre de 2020, el Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Cotoca del departamento de Santa Cruz -ahora accionado- informó que de acuerdo al informe de la Secretaria de su despacho -que antecede-, no cursa ningún expediente con los datos del peticionante de tutela (fs. 20).