SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2021-S2

Fecha: 05-Oct-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Cursa fotocopia de decreto de 17 de septiembre de 2020, el cual se presume que fue emitido por Romer Saucedo Gómez, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de la Capital del departamento de Santa Cruz -hoy demandado-, ya que no se evidencia el sello; de cuyo contenido se advierte que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Rolando Vaca Diez Arauz, Tito Pórcel Plata, Gery Vásquez “Carbajal”, Fernando Uscamayta Quispe y Alexander Rosales Jajcaj -hoy accionante-, por la presunta comisión de los delitos de homicidio culposo e incumplimiento de deberes, de conformidad a lo establecido en los arts. 314 y 315 del CPP, se señaló audiencia para el 29 del referido mes y año, a horas 9:00, a objeto de considerar los incidentes interpuestos por los procesados; asimismo, en virtud a la imputación formal incoada contra los aludidos, se fijó audiencia para esa misma fecha a horas 10:00 (fs. 5).

II.2. Consta informe de 28 de septiembre de 2020, a través del que, la funcionaria de la Oficina Gestora de Procesos 5, estableció que con la finalidad de notificar al ahora demandante de tutela, acudió a la avenida El Palmar 3451 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra; sin embargo, no pudo dar con dicha dirección; asimismo, preguntó por el nombrado (se entiende en la zona), pero le indicaron que no lo conocían (fs. 3).