SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2021-S2
Fecha: 12-Oct-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Auto Interlocutorio de 12 de enero de 2021, Ángel Durán Ali, Juez del Tribunal de Sentencia Penal Segundo de Trinidad del departamento de Beni, ordenó a la Dirección Nacional del REJAP la eliminación del antecedente penal de Silvia Esther Limalobo Céspedes -accionante-, específicamente la Sentencia condenatoria de “…12 de febrero del año 2003…” (sic); decisión que fue notificada el 25 de dicho mes y año a Beiby Muñoz Egüez, Encargada Departamental de Beni del REJAP del Consejo de la Magistratura (fs. 2 y vta.; y, 4).
II.2. Cursa certificado de REJAP de 6 de abril del citado año, correspondiente a la impetrante de tutela; del mismo se tiene que no registra antecedente penal referido a sentencias condenatorias ejecutoriadas, salidas alternativas o declaratorias de rebeldía (fs. 19).