SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2021-S3
Fecha: 08-Nov-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 06 de 12 de enero de 2021, cursante de fs. 59 vta. a 62 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia,
1° CONCEDER la tutela provisional por la vulneración del derecho a la propiedad privada y a la vivienda; disponiendo la inmediata desocupación de Jimena Contreras y “otros”, misma que deberá ser cumplida por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, quien conoció la presente acción de defensa en primera instancia.
2° DENEGAR la tutela solicitada respecto a establecer la responsabilidad civil por daños y perjuicios contra Jimena Contreras y “otros”, por las razones expuestas en este fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA