SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2021-S4
Fecha: 25-Nov-2021
II. CONCLUSIONES
Realizada la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Auto Interlocutorio de 14 de octubre de 2020, el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Cochabamba, compuesto por los Jueces demandados, rechazó la cesación a la detención preventiva interpuesta por Félix Ávila Figueroa y Richard Herlan Roca Ávila –hoy accionantes–, por la persistencia del art. 235.2 del CPP (fs. 60 vta. a 62).
II.2. Cursa acta de audiencia de apelación de medida cautelar desarrollada el 8 de diciembre de 2020, en la cual fue emitido el Auto de Vista de la misma fecha; por el que, la Vocal demandada declaró improcedente el recurso de apelación formulado por los imputados hoy accionantes; en consecuencia, confirmó el Auto apelado (fs. 71 a 73 vta.).