SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2021-S4

Fecha: 29-Nov-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Cursan Memorándums de 14; 43 ambos de 12 de junio de 2020, 48/2020 de igual mes y año, mediante los cuales la empresa demandada avisó a los impetrantes de tutela sobre la resolución de contrato laboral con beneficio extra por fuerza mayor (fs. 189; 200 y 221).

II.2. Por Conminatoria J.D.T.L.P./ART. 48-49-51 CPE/DS 495/DASC/063/2020 de 2 de julio, emitida por la Jefatura Departamental del Trabajo de La Paz, dependiente del Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social, se ordenó la reincorporación inmediata de los accionantes “…en los mismos cargos al momento de la ruptura de la relación laboral en la EMPRESA SUPERSUR FIDALGA S.R.L., más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales…” (sic) (fs. 136 a 181).

II.3. Mediante Informe J.D.T.L.P.-DASC-VR-51/2020 de 24 del julio, la Inspectora de la institución anteriormente citada, concluyó que la empresa demandada incumplió con lo dispuesto en la Conminatoria referida en la Conclusión antecedente (fs. 187 a 188).