SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0961/2021-S3
Fecha: 24-Nov-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 10 de 15 de diciembre de 2020, cursante de fs. 16 a 19, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, respecto a la vulneración de los derechos al debido proceso en sus elementos celeridad y acceso a una justicia pronta, vinculado a la libertad; disponiendo que la autoridad judicial accionada remita al Tribunal de alzada de forma inmediata, el recurso de apelación extrañado en la presente acción tutelar, siempre y cuando ello no hubiere ya acontecido.
2° DENEGAR la tutela respecto a los derechos de petición, y tutela judicial efectiva.
3º Exhortar a Carolina Tania Cabrera Tapia y Aldo Ismael Quezada Cerruti, Vocales de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a cumplir el procedimiento a esta acción de defensa, conforme la razón explicada en el Fundamento Jurídico III.3 de este fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo.MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO