Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1017/2021-S3
Fecha: 01-Dic-2021
II. CONCLUSIÓN
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. No cursan en obrados elementos probatorios que los sujetos procesales hubieren adjuntado para esta acción tutelar, por lo que la misma se resolverá en base a lo expuesto por las partes y lo resuelto por la Jueza de garantías.