AUTO CONSTITUCIONAL 0069/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0069/2021-CA

Fecha: 11-Mar-2021

El control previo de constitucionalidad tiene por objeto confrontar el texto de Tratados Internacionales, Proyectos de Leyes, Estatutos o Cartas Orgánicas, con la

En lo que respecta al control previo de constitucionalidad y consultas, el              art. 104 del Código Procesal Constitucional (CPCo), prevé que: “El control previo de constitucionalidad tiene por objeto confrontar el texto de Tratados Internacionales, Proyectos de Leyes, Estatutos o Cartas Orgánicas, con la Constitución Política del Estado, así como determinar la constitucionalidad de preguntas de los referendos” (las negrillas nos corresponden).