AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2021-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2021-ECA

Fecha: 11-Mar-2021

Fragmento 8

Consecuentemente, el fallo cuya complementación se solicita, contiene una adecuada expresión de razonamientos fácticos y jurídicos que sustentan la decisión asumida; en ese sentido, no corresponde dar curso a lo requerido por Elizabeth Ancalle Paniagua y Hugo Cáceres Velasco en su memorial que motiva el presente análisis; dado que, conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico II.1 del presente Auto Constitucional Plurinacional, el instituto procesal de la aclaración, enmienda y complementación, se constituye en el mecanismo idóneo diseñado para que las partes soliciten al Tribunal Constitucional Plurinacional la rectificación de errores materiales contenidos en los fallos constitucionales y/o aclarar términos que pudieran generar confusión, siempre que no impliquen la modificación de la decisión de fondo asumida; extremos que no concurren en el presente caso, al no haber sido advertidos por este Tribunal.