Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2021-CA
Fecha: 17-May-2021
el 4 de mayo de 2021,
De la revisión del expediente, se advierte que, una vez transcurridos los cinco días otorgados al impetrante para el cumplimiento de lo dispuesto por el citado AC 0126/2020-CA, el mismo no cumplió con dicha determinación, pese a su notificación efectuada el 4 de mayo de 2021, cursante a fs. 47; en ese sentido, al constatarse que, no presentó memorial ni la documentación cuestionada que acredite el ejercicio de su titularidad, corresponde en consecuencia, aplicar lo dispuesto por el art. 26.II del CPCo y darse por no presentada la acción de inconstitucionalidad abstracta.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- el incumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo 24 del presente Código, los cuales podrán ser subsanados en el plazo de cinco días. De no subsanarse, la acción, demanda, consulta o recurso se tendrá por no presentada
- I.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos
- el 4 de mayo de 2021,
- POR NO PRESENTADA