AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2021-CA

Fecha: 17-May-2021

I.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos

De la revisión de los datos del proceso se evidencia que, por AC 0126/2020-CA de 28 de julio, cursante de fs. 39 a 41, se otorgó al accionante el plazo de cinco días hábiles, para que subsane la deficiencia formal observada, debido a que, no presentó documentación alguna que demuestre que a momento de la formulación de la acción de inconstitucionalidad abstracta se hubiera encontrado en ejercicio  de funciones como miembro Titular de la Asamblea Legislativa Plurinacional, incumpliendo lo previsto por el art. 24.I.1 vinculado al art. 74, ambos del CPCo, el cual refiere como un requisito subsanable, el acreditar la personería del accionante; en virtud a ello se dispuso que enmiende dicha observación a objeto de proceder a la admisión o rechazo de la acción de inconstitucionalidad abstracta planteada.