VOTO DISIDENTE A LA SCP 0030/2021
Fecha: 07-May-2021
SCP 0030/2021 de 7 de mayo
El suscrito Presidente expresa su desacuerdo con lo resuelto en la SCP 0030/2021 de 7 de mayo, que declaró la constitucionalidad del art. 224 inc. c) del CFPF, al no contradecir el art. 120 de la CPE, ya que dicha disposición en el concepto de la citada Sentencia recoge el derecho y la garantía al juez natural, la misma que por su naturaleza es auto aplicable, que no deriva de un mandato expreso al legislador para que regule en específico el instituto de la excusa y recusación en los procesos familiares; en la forma extrañada por el accionante; razones por las que no se advierte omisión alguna del Órgano Legislativo que incida negativamente en la eficacia de la garantía del juez imparcial, o que haga imposible su cumplimiento en los procesos regulados por el Código de las Familias y del Proceso Familiar.