aclarar
Conforme a lo expuesto, la suscrita Magistrada considera pertinente aclarar el aspecto de alcance procesal-constitucional señalado ut supra; en sentido que correspondía incluir la consideración final referida precedentemente en la SCP 0380/2021-S3 de 28 de julio, con la exhortación respectiva, a los fines de que la misma no sea reiterada y a contrario, se cumpla el precitado precepto legal.
