SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2021
Fecha: 22-Jul-2021
competente
La SCP 0041/2021 de 22 de julio, resolvió declarar competente a la Jueza Agroambiental de la Capital del departamento de La Paz para conocer y resolver el proceso ejecutivo seguido por el Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y de Apoyo al Sector Productivo (FONDESIF) contra la comunidad campesina “San Luis”, bajo los siguientes fundamentos: a) Señala que la demanda ejecutiva es una acción personal que se traduce en exigir del otro el cumplimiento de una obligación de dar, hacer y de no hacer emergente de un contrato o “cuasicontrato”; y, b) Corresponde referirse al contenido del contrato que es objeto de la demanda ejecutiva, la cual involucra a una comunidad campesina dedicada a la actividad agraria con proyectos de mecanización y el origen del litigio de la acción personal tiene como fundamento el documento privado de 8 de abril de 2009, sobre contrato de transferencia en calidad de venta al crédito con reserva de propiedad de maquinaria e implemento agrícola, consistente en un tractor y una rastra “ROME PLOW”, por un monto total de $us13 500.- (trece mil quinientos dólares estadounidenses), en el marco del Programa Crediticio para la Mecanización del Agro establecido entre otros, por el Decreto Supremo 28449 suscrito por FONDESIF a favor de la referida comunidad campesina.
Se expresó el acuerdo con los fundamentos y la decisión asumida en la
SCP 0041/2021, de declarar competente a la Jueza Agroambiental de la Capital del departamento de La Paz, para conocer y resolver el proceso ejecutivo seguido por FONDESIF contra la comunidad campesina “San Luis”. Sin embargo, se considera necesario efectuar las siguientes aclaraciones que a continuación se detalla: