Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2021-ECA
Fecha: 09-Ago-2021
I. ANTECEDENTES DE LA ENMIENDA
I.1. Síntesis de la aclaración
Una vez notificado el ACP 0017/2021-O de 21 de abril, se advirtió la necesidad de complementar y aclarar de oficio, la fundamentación realizada en el mismo, sin modificar la parte dispositiva del fallo ni afectar el fondo de lo decidido, en lo concerniente a la implicancia de la declaratoria de HA LUGAR al recurso de queja por incumplimiento de la SCP 0891/2019-S4 de 9 de octubre, planteado por la parte accionante; y que en virtud a ello, corresponderá a las autoridades demandadas emitir una nueva resolución, conforme a los fundamentos expuestos en el precitado fallo constitucional.