SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2021-S4

Fecha: 03-Ago-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Mediante memorial presentado el 29 de enero de 2020, el hoy accionante interpuso recurso de apelación contra el Auto de 28 de enero de 2020, que rechazó la cesación a su detención preventiva, solicitando se remitan obrados al Tribunal Superior, protestando fundamentar los agravios ante el mismo, conforme a ley (fs. 39).

II.2. A través de proveído de 13 de julio de 2020, el Vocal hoy demandado fijó audiencia virtual de resolución del recurso para el 20 del mismo mes y año a las 10:00, mediante plataforma BLACKBOARD, por lo que, dispuso que las partes deberían conectarse a la sala virtual de forma directa mediante enlace, consignado el nombre completo del abogado o interesado que participará de la misma, instándose de forma expresa a las partes o sujetos procesales que deberán iniciar la conexión con al menos quince minutos antes de la hora señalada (fs. 41).

II.3. Cursa registro de audiencia virtual de apelación de medidas cautelares, desarrollada el 20 de julio de 2020, en la que fue informada que las partes se encontraban conectadas; sin embargo, el abogado de la parte apelante solicitó cuarto intermedio de cinco minutos para perfeccionar su conexión, por lo que el Vocal demandado decreto inicialmente receso de cinco minutos, posteriormente advirtiendo la falta de conexión del abogado del imputado se decretó otro cuarto intermedio de treinta minutos; no obstante, pese a la espera tampoco se conectó a la sala virtual, de modo que se pasó a dictar el Auto de Vista 104/2020-SP1 de la misma fecha; por el que, se declaró la perención a fundamentar el recurso de apelación incidental interpuesto por el hoy impetrante de tutela y por abandonado su planteamiento; en consecuencia, se confirmó la Resolución Judicial 114/2020 de 25 de junio (fs. 42 a 43 vta.).