SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0517/2021-s3
Fecha: 18-Ago-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de antecedentes que cursan en el expediente, se establece las siguientes conclusiones:
II.1. Mediante memorial de 19 de septiembre de 2018, Cevero Candido Blanco Choque y Luis Randy Dávalos Salinas -quien no suscribe-, Fiscales de Materia del municipio de Cotoca, Pailon y Tres Cruces del departamento de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Luis Alberto Chimber Mollo contra Julio Cesar Donato Molina y “Cesar” Correa Loras, y Dabeyba Sigrid Sossa Azogue y Jaime Jamil Aburdene Orihuela -estos dos ultimo hoy accionantes-, por la presunta comisión de los delitos de “…FALSEDAD MATERIAL
E IDEOLÓGICA ROBO…” (sic), requirieron al Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Cotoca de igual departamento, complementación de diligencias de la etapa preliminar por el plazo de sesenta días (fs. 4 y vta.).
II.2. Cursa imputación formal presentada el 17 de abril de 2019, por Mario Oscar Morodias Molina, Fiscal de Materia del supra referido departamento contra Julio Cesar Donato Molina y “…Roger Correa Correa Loras…” (sic), dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Luis Alberto Chimber Mollo, contra los prenombrados imputados y Dabeyba Sigrid Sossa Azogue y Jaime Jamil Aburdene Orihuela -ahora impetrantes de tutela-, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado (fs. 7 a 14 vta.).