SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2021-S3
Fecha: 30-Ago-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por memorial de denuncia presentado el 22 de julio de 2020, ante Roger Rider Mariaca Montenegro, Fiscal Departamental de Santa Cruz -ahora accionado-, Reina Montaño Méndez, Fortunata Cayo Rocha de Blanco, Segundino Llanos Chambi y Porfirio Villca Flores -hoy accionantes-, formularon denuncia contra Basilio Villca Characayo, Fiscal de Materia, por el supuesto delito de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes; así como contra el referido Fiscal de Materia, Alexander Gutiérrez Peña funcionario policial de la FELCC de “Los Lotes”, y los abogados Fabián Alejandro Moreno Barrera y Juan José Barrientos Palacios, por la presunta comisión del delito de consorcio de jueces, fiscales, policías y abogados (fs. 102 a 113 vta.).
II.2. Consta Resolución de Desestimación de Denuncia de 23 de julio de 2020, emitida por Gustavo Adolfo Ríos Guaygua, Fiscal de Materia de la Unidad de Análisis, desestimando la denuncia “…porque de la relación fáctica de los hechos es ATÍPICA…” (sic [fs. 114 a 116]).
II.3. Mediante memorial presentado el 29 de julio de 2020, dirigido al Fiscal de Materia de la Unidad de Análisis, los accionantes impugnaron la Resolución de Desestimación de Denuncia de 23 de ese mes y año, por vulneración del derecho al debido proceso en su elemento de valoración de la prueba, que coartó su derecho de acceso a la justicia (fs. 117 a 125).
II.4. A través de la Resolución Fiscal Departamental RRMM D-008/20 de 4 de agosto de 2020, el Fiscal Departamental de Santa Cruz ahora accionado ratificó la Resolución de Desestimación de Denuncia de 23 de julio de igual año, conforme a lo establecido por el art. 55.II de la LOMP, por ser considerados los hechos -denunciados- atípicos (fs. 126 a 133 vta.).