SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2021-S4
Fecha: 29-Sep-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursa en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene carta de renuncia voluntaria de 11 de julio de 2019, firmada por Julia Pamela Atto Gonzáles –ahora accionante–, dirigida a José Loza, Gerente Comercial de la empresa Grupo ALCOS S.A., mediante la cual manifestó su renuncia al cargo de Responsable Contable, por motivos de crecimientos profesionales que no pudo concretar en la citada empresa (fs. 10).
II.2. Consta carta de anulación de renuncia voluntaria y solicitud de reincorporación de 22 de igual mes y año, emitida y firmada por la ahora impetrante de tutela; dirigida a José Loza, Gerente Comercial de la señalada empresa, mediante la cual pidió quede sin efecto su carta de renuncia presentada el 11 de julio de 2019; toda vez que, por motivos de presión y desconocimiento de la norma laboral firmó la misma (fs. 9); adjuntando un Informe de 12 del mismo mes y año, de lo sucedido y elaborado por la prenombrada, motivo por el cual se sintió presionada, firmando la referida carta de renuncia (fs. 7 a 8).
II.3. A través de la única citación de presentación de 24 de julio de 2019, la Inspectora de la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, citó a Roberto Federico Liendo Castro, Gerente General de la empresa Grupo ALCOS S.A. –hoy demandado–, a objeto de responder a la denuncia de reincorporación incoada por la hoy accionante, fijándose audiencia para el 31 del mismo mes y año, a las 14:00 (fs. 4).
II.4. Mediante Conminatoria J.D.T.L.P/D.S. 0495/135/2019 de 16 de agosto, emitida por Ninoska Tania Loza Flores, Jefa Departamental de Trabajo de La Paz, conminó a la parte demandada, la reincorporación laboral de Julia Pamela Atto Gonzáles, al mismo puesto que ocupaba al momento del despido como Responsable Contable, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales (fs. 24 a 27).
II.5. Consta Informe MTEPS-JDT LP-JRTEA-MALL-0816-INF/19 de 28 de octubre de 2019, de Verificación de Reincorporación Laboral, emitido por Miguel Ángel Luque Laura, Inspector del Trabajo de la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz; el cual comunicó, que se constituyó a la citada empresa, a fin de comprobar la reincorporación a su fuente laboral de la ahora impetrante de tutela, evidenciando que no se dio cumplimiento a la Conminatoria J.D.T.L.P/D.S. 0495/135/2019 (fs. 54 y vta.).
II.6. Por memorial de 19 de septiembre de 2019, suscrito por Enrique Mamani Mamani representante legal de la empresa Grupo ALCOS S.A., dirigido a la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz; mediante el cual se apersonó e interpuso recurso de revocatoria, contra la Conminatoria J.D.T.L.P/D.S. 0495/135/2019 (fs. 39 a 40 vta.).