II. FUNDAMENTOS DEL AC 0297/2024-CA DE 4 DE JULIO
Fecha: 04-Jul-2024
I. ANTECEDENTES
El suscrito Magistrado, conformante de Comisión de Admisión, si bien se encuentra de acuerdo con la decisión de ratificar el rechazo, asumida en el AC 0297/2024-CA de 4 de julio, dentro de la acción de inconstitucionalidad concreta remitida por el Juez de Sentencia Penal, de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Juez Técnica Primera de Uyuni del departamento de Potosí, que rechazó promover la solicitud efectuada por Wilfredo Teodoro Muraña Quispe, representante legal de la Empresa de Servicios de Mantenimiento Industrial Sociedad de Responsabilidad Limitada (ESMI S.R.L.), demandando la inconstitucionalidad -según señala- parcial del art. 14 de la Ley de Procedimiento Especial para la Restitución de Derechos Laborales, por ser presuntamente contrario a los arts. 115.II, 119.II, 120, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado (CPE); no obstante, hace conocer su Voto Aclaratorio en lo que respecta a la identificación ambigua de la norma denunciada de inconstitucionalidad; posición que se respalda conforme a los siguientes razonamientos: