III. POR TANTO
La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por el art. 189, numeral 1 de la Constitución Política del Estado, art. 11,12, 17 y 144-1 de la Ley N° 025, arts. 36-1) y 87-IV de la Ley N° 1715 y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce, dispone:
III.1. ANULAR OBRADOS hasta fs. 166 inclusive, correspondiendo a la Juez Agroambiental de Entre Ríos del departamento de Tarija, señalar audiencia, tramitar acorde a procedimiento y resolver conforme a derecho, respecto de la fijación del precio de las pequeñas propiedades denominadas "El Alambrado Cantón Moreta-Parcela 161" y "El Alambrado Cantón Moreta-Parcela 164" de 3.5460 ha y 0.0659 ha., con Títulos Ejecutoriales PPD-NAL-160336 y PPD-NAL-160339 de 11 de abril de 2013 que serán objeto de venta o subasta pública, disponiendo lo que corresponda en derecho con la debida fundamentación y motivación, observando las formalidades y requisitos que fueron desarrollados en el presente Auto Agroambiental Plurinacional, tramitando la causa acorde a la normativa agraria y adjetiva civil aplicable al caso, así como observar el protocolo para juzgar con perspectiva de género.
III.2. En aplicación de lo señalado por el art. 17-IV de la Ley N° 025 del Órgano Judicial, comuníquese la presente resolución al Consejo de la Magistratura.
Regístrese, comuníquese y devuélvase .
Fdo.
Gregorio Aro Rasguido Magistrado Sala Segunda
Ángela Sánchez Panozo Magistrada Sala Segunda
SENTENCIA AGROAMBIENTAL No. 03/2022
DISTRITO JUDICIAL DE TARIJA
JUZGADO AGROAMBIENTAL DE ENTRE RIOS
Expediente: Nº 005/2022
Proceso: División y Partición voluntaria de Predio Rural/ Venta Judicial en Pública Subasta
Demandante: Aide Villa Jurado
Demandado: Pedro Chocala Gareca
Distrito: Tarija
Asiento Judicial: Entre Ríos
Fecha: 31 de agosto 2022
Jueza Agroambiental: Abg. Cindy Laura Arnez Vila
SENTENCIA
Pronunciada dentro del proceso de División y Partición de bienes voluntaria y consecuente aplicación del art. 170 del Código Civil instaurada por AIDE VILLA JURADO en contra de PEDRO CHOCALA GARECA solicitando en caso de imposibilidad de subdivisión se disponga la Venta Judicial en pública subasta.
