Auto Gubernamental Plurinacional S2/0105/2022
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Gubernamental Plurinacional S2/0105/2022

Fecha: 03-Ago-2022

III. POR TANTO

La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por el art. 189, numeral 1 de la Constitución Política del Estado, art. 11,12, 17 y 144-1 de la Ley N° 025, arts. 36-1) y 87-IV de la Ley N° 1715 y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce, dispone:

III.1. ANULAR OBRADOS hasta fs. 166 inclusive, correspondiendo a la Juez Agroambiental de Entre Ríos del departamento de Tarija, señalar audiencia, tramitar acorde a procedimiento y resolver conforme a derecho, respecto de la fijación del precio de las pequeñas propiedades denominadas "El Alambrado Cantón Moreta-Parcela 161" y "El Alambrado Cantón Moreta-Parcela 164" de 3.5460 ha y 0.0659 ha., con Títulos Ejecutoriales PPD-NAL-160336 y PPD-NAL-160339 de 11 de abril de 2013 que serán objeto de venta o subasta pública, disponiendo lo que corresponda en derecho con la debida fundamentación y motivación, observando las formalidades y requisitos que fueron desarrollados en el presente Auto Agroambiental Plurinacional, tramitando la causa acorde a la normativa agraria y adjetiva civil aplicable al caso, así como observar el protocolo para juzgar con perspectiva de género.

III.2. En aplicación de lo señalado por el art. 17-IV de la Ley N° 025 del Órgano Judicial, comuníquese la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, comuníquese y devuélvase .

Fdo.

Gregorio Aro Rasguido Magistrado Sala Segunda

Ángela Sánchez Panozo Magistrada Sala Segunda

SENTENCIA AGROAMBIENTAL No. 03/2022

DISTRITO JUDICIAL DE TARIJA

JUZGADO AGROAMBIENTAL DE ENTRE RIOS

Expediente: Nº 005/2022

Proceso: División y Partición voluntaria de Predio Rural/ Venta Judicial en Pública Subasta

Demandante: Aide Villa Jurado

Demandado: Pedro Chocala Gareca

Distrito: Tarija

Asiento Judicial: Entre Ríos

Fecha: 31 de agosto 2022

Jueza Agroambiental: Abg. Cindy Laura Arnez Vila

SENTENCIA

Pronunciada dentro del proceso de División y Partición de bienes voluntaria y consecuente aplicación del art. 170 del Código Civil instaurada por AIDE VILLA JURADO en contra de PEDRO CHOCALA GARECA solicitando en caso de imposibilidad de subdivisión se disponga la Venta Judicial en pública subasta.